Por Carolina Beatriz Mendieta Carranza, abogada asociada del Estudio Navarrete Maldonado Abogados
Sí, la antigüedad de un trabajador constituye un criterio legítimo de diferenciación de la remuneración entre trabajadores dentro de una misma categoría; no obstante, para su aplicación es necesario que este se encuentre establecido en una política salarial o remunerativa.
Si bien es cierto, la Ley N° 30709 tiene por objeto prohibir la discriminación remunerativa entre varones y mujeres, en mérito al principio de igual remuneración por igual trabajo; en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2018-TR, de forma excepcional se permite establecer diferencias salariales en base a criterios objetivos, encontrándose entre ellos a la antigüedad.
Al respecto, en la Casación Laboral N°6783-2018 Lima Este, se determinó que “el criterio de antigüedad y permanencia dentro de la empresa, del cual se derivan otros criterios adicionales, prevalece a la hora de clasificar salarialmente a los trabajadores, apartándose de una práctica discriminatoria que justifique la homologación pretendida”. Cabe señalar que dicho criterio se encontraba establecido en un documento denominado “clasificación salarial”, mediante la cual se estableció las remuneraciones de los trabajadores atendiendo a sus fechas de ingreso.
Este mismo criterio fue aplicado por el Tribunal de Fiscalización Laboral, entre otros, en la Resolución N° 269-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, mediante la cual se precisó que “la antigüedad en el puesto de trabajo constituye causal para el otorgamiento de mejoras en la planilla de pagos, dado que sustenta
de manera objetiva y razonable la remuneración del trabajador acorde a su perfil personalísimo; sin embargo, por tratarse de una conducta destinada a diferenciar los sueldos de los trabajadores, esta debe encontrarse debidamente sustentada bajo escalas o jerarquías remunerativa concretas, de tal manera que los trabajadores, y en especial la autoridad inspectiva, compruebe su compatibilidad frente al principio
de igualdad, (…)”
De acuerdo con los criterios citados previamente, la justificación de una diferencia salarial entre trabajadores de la misma categoría en mérito a la antigüedad será válida si se encuentra determinada en una política salarial o documento que haga sus veces, sujeto a parámetros objetivos que determinen su aplicación.
Carolina Beatriz Mendieta Carranza
Abogada asociada del Estudio Navarrete Maldonado Abogados. Con estudios concluidos de segunda profesión en Administración de Empresas por la Universidad Privada del Norte. Cuenta con una especialización en Derecho Laboral Empresarial por la Universidad ESAN. Contacto: cmendieta@nmabogados.com.pe
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