Declaran el 29 de agosto como el ‘Día del Trabajador del Poder Judicial’

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El “Día del Trabajador del Poder Judicial” ya no se celebrará el 5 de febrero sino cada 29 de agosto en todas las cortes y órganos jurisdiccionales del país. ¿Esto implicará que se suspenda el despacho judicial? 

Así lo establece la Resolución Administrativa N° 110-2019-CE-PJ, publicada en el diario oficial El Peruano. También se precisa que en la referida fecha (29 de agosto) no se suspenderá el despacho judicial.

En los considerandos de la norma se señala que mediante la Resolución Administrativa Nº 091-87-DIGA/PJ, del 7 de mayo de 1987, se había instituido el 5 de febrero de cada año como el “Día del Trabajador del Poder Judicial”, con la finalidad de estimular y enaltecer la dedicación de sus servicios.

No obstante, se refiere que en el convenio colectivo suscrito con la Federación de Trabajadores del Poder Judicial del Perú, se acordó la modificación del “Día del Trabajador del Poder Judicial” del 5 de febrero al 29 de agosto de cada año.

Si quieres saber más sobre la norma puedes descargarlo en el siguiente link: https://bit.ly/2WXzt8O

 

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