Pago de utilidades: ¿En qué casos podría recibir un monto menor?

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Cumplir con la asistencia al trabajo y, por ende, con días efectivamente laborados, definirá el monto a percibir por las utilidades , por lo que la suma de dinero puede variar incluso si el trabajador gana el mismo sueldo que sus compañeros.

Factores

Como se conoce, el cálculo para el pago de utilidades a los trabajadores se hace tomando en cuenta dos factores: el 50% del monto se otorga según las remuneraciones que percibió el trabajador en el año, y el otro 50% en función a los días efectivamente laborados.

Respecto al segundo factor, la normativa señala qué tipo de licencias laborales o descansos se excluyen del cálculo de las utilidades, con lo que el monto recibido por este concepto disminuye.
 

Así, entre los más comunes destacan los feriados, los descansos por vacaciones, descansos médicos por enfermedad o accidentes y los días de inasistencias sean justificadas o injustificadas.

Licencia por maternidad

De forma contraria, el pago de las utilidades para las trabajadoras que hayan tenido licencias de maternidad por los periodos prenatal y posnatal se ve inafecto. Esto debido a la modificación de la ley establecida mediante Decreto Supremo Nº 007-2018-TR.

Dicha modificación será aplicable por primera vez este año respecto al pago de utilidades correspondiente al periodo 2018.

Según el abogado a cargo de procesos laborales de Corporativo Overall, Antonio Iparraguirre, la ley establece que se tendrán en cuenta 98 días en principio o 128 días en el caso de nacimiento múltiple (gemelos, trillizos, etc) o de hijo con discapacidad, conforme lo señala la legislación laboral.

Según Iparraguirre, esta medida permitirá que las madres perciban entre 5% a 8% más de lo que normalmente obtenían en el pago de las utilidades.

“El monto adicional no debería ser mucho. Más que de montos, es un tema que busca la igualdad de condiciones en el aspecto laboral”, refirió.

El vocero de Overall mencionó también que la norma incluye a las trabajadoras gestantes en horarios a tiempo parcial (‘part-time’).

“En el caso de las trabajadoras en ‘part-time’, el cálculo es el mismo sumando las jornadas laborales y las remuneraciones percibidas. Solo deberán tener en cuenta que el monto a percibir se reduce hasta en un 50% dado que evidentemente las horas de trabajo son menores”, detalló.

Cabe mencionar que la norma no señala o menciona los días por licencia de paternidad (ampliado de 4 a 10 días por el Congreso de la República el año pasado), por lo que se siguen excluyendo del cálculo de las utilidades.

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