Sunat prorroga pago del impuesto a la renta de empresas y personas naturales 

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Las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) y las personas naturales que se encuentran obligadas a presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2019, tienen un nuevo cronograma de vencimiento para cumplir con esa obligación, el cual irá del 24 de junio al 9 de julio del presente año, informó hoy la Sunat.

Esta medida excepcional se toma para atender el impacto que podría acarrear la pandemia del coronavirus. El nuevo cronograma aprobado mediante Resolución de Superintendencia N° 054-2020 /Sunat, publicada en el Diario Oficial El Peruano, es el siguiente:

“Se considera pertinente prorrogar de manera excepcional el plazo para presentar la declaración jurada anual y efectuar el pago de regularización del impuesto a la renta y del ITF, ello a fin de que tales sujetos (contribuyentes) puedan contar con los recursos necesarios para afrontar los efectos de tal situación”, señala la resolución en su parte considerativa.

Asimismo, la norma establece que los contribuyentes que superen los 2,300 UIT de ingresos en el 2019 mantendrán los plazos de vencimientos aprobados inicialmente, es decir, del 25 de marzo al 8 de abril, de acuerdo al cronograma inicialmente aprobado.

La Sunat recuerda que la declaración del Impuesto a la Renta se efectúa por Internet, en www.sunat.gob.pe o mediante el APP Personas, para quienes tienen devolución. No es necesario acudir a un centro de servicios para presentar la declaración.

 

 


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