Pago de utilidades voluntarias a gerentes sin una justificación son acotadas por Sunat

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Algunas empresas otorgan a sus gerentes un pago adicional como incentivo a su producción bajo el rubro de utilidades voluntarias consignadas en las planillas de pago ya que estos montos no están gravados con cargas laborales (Essalud, ONP o AFP), según PriceWaterhouseCoopers (PwC).

Sin embargo, Vanessa Barzola, experta de PwC, advirtió que esta forma de pago está siendo acotado por la Sunat, por lo que recomendó que siempre se justifique su uso.

Explicó que el pago de utilidades voluntarias será desconocido por la Sunat como gasto deducible del impuesto a la renta de la empresa , si no cumple ciertos requisitos. Solo serán deducibles los montos entregado a los trabajadores que cumplan con los criterios de generalidad, proporcionalidad y razonabilidad, aseguró.

Detalló que para otorgar los pagos voluntarios deben corresponder a políticas empresariales decisiones tomadas por la gerencia general o del directorio de la empresa (vía actas o reglamentos).

Por su parte, el laboralista Jorge Toyama refirió que esta forma de beneficiar a los trabajadores con bonificaciones con cargo a las utilidades voluntarias, es una práctica usual en medianas y grandes empresas.

Y recordó que la legislación laboral establece que todo tipo de utilidades es considerado como gasto deducible para la empresa del impuesto a la renta de tercera categoría.

Criterios
Sin embargo, coincidió que el empleador debe respetar los principios de generalidad y otros para su pago, se verifica en tres casos.

La generalidad, ocurre cuando la empresa otorga el pago de utilidades voluntarias a todos sus trabajadores. Además, aplica el beneficio sobre una categoría determinada de trabajador (solo gerentes, directivos, empleados u otros).

Y también cuando existe una regla clara de la política de la empresa: al mejor trabajador o logro de metas, aseveró.
 De otro lado, señaló que los criterio de proporcionalidad y razonabilidad también deben ser respetados. Una empresa no puede dar un monto tal que haga que se quede sin utilidad ni un monto excesivo, refirió.

Fuente: Diario Gestión

 

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