Descanso médico: ¿Qué ocurre si se prolonga?

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Por ley, los 20 primeros días de descanso médico los financia el empleador. A partir del día 21, Essalud asume dicha responsabilidad.

Si por algún motivo, un trabajador se encuentra con descanso médico, debe saber que no siempre la empresa para la cual labora se responsabiliza de su remuneración.

El laborista Cesar Puntriano explica que “si un trabajador se encuentra en descanso médico por una determinada enfermedad, o accidente, durante los 20 días primeros días de descanso al año continúa percibiendo su remuneración de manera normal por parte de la empresa, pero tiene un máximo legal. Así, a partir del día 21 hasta los 11 meses y 10 días (340 días) EsSalud financia el descanso a través del subsidio por incapacidad temporal para el trabajo”.

Es necesario recalcar que, el trabajador tiene 30 días hábiles para canjear el certificado médico particular (Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo). De este modo, el reembolso del subsidio por Essalud será válido.

En general, lo que el empleador suele hacer es pagar con el subsidio y luego tramitar el reembolso ante Essalud.

Este subsidio no es calificado como remuneración, por lo que no está sujeto el descuento del aporte a Essalud, ni el descuento de la ONP o impuesto a la renta de quinta categoría. Caso contrario con el aporte a la AFP.

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