Empleadores tienen plazo hasta el 15 de mayo para depositar CTS

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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) advierte a los empleadores efectuar el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) a sus trabajadores hasta este 15 de mayo, fecha en que vence el plazo para el periodo noviembre de 2018 a abril de 2019.

A fin de que este mensaje vaya directo a las empresas, Sunafil empleará la plataforma de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) para enviar un comunicado a 100,000 empleadores a nivel nacional, y así recordarles acerca del depósito de este beneficio.

El abono de la CTS es válido para los trabajadores comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada, que cumplan con una jornada de trabajo mínima de cuatro horas diarias.

Asimismo deben tener como mínimo un mes de vínculo laboral y no deben percibir el 30% o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios que presta el empleador.

¿Qué trabajadores no reciben este beneficio?

Cabe precisar que no tienen derecho a percibir este beneficio los trabajadores bajo contrato a tiempo parcial, así como aquellos que laboran para una microempresa debidamente registrada en el Remype (Registro de la Micro y Pequeña Empresa).

Los regímenes laborales especiales como construcción civil, trabajadores del hogar, agrario y pesquero se rigen por sus propias reglas.

Sanciones

Si el empleador no realiza el depósito hasta la fecha indicada, se configura una infracción grave y la Sunafil podría sancionar, según el tipo de empresa: si es una pequeña empresa, la multa podrá ser de 1,890 soles a 18,900 soles, y si es no mype (micro o pequeña empresa), puede recibir una multa de 5,670 soles hasta los 94,500 soles.

Adicionalmente a la multa, el empleador estará obligado a pagar el monto correspondiente por CTS más los intereses que hubiera generado el depósito de haberse efectuado oportunamente.

 

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