En el marco de las facultades otorgadas por el Congreso de la República para legislar en materia de prevención y protección de personas en situación de vulnerabilidad, el Ejecutivo publicó un decreto que establece restricciones para aquellos ciudadanos que busquen trabajar como funcionarios del Estado, teniendo deudas por pensiones alimentarias .
De acuerdo con el Decreto Legislativo Nº1377, publicado hoy en el diario El Peruano, “la persona inscrita en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam) puede postular y acceder al servicio civil en el Estado, o ser designado funcionario o directivo de confianza, o contratar con el Estado, siempre que cancele el registro o autorice el descuento por planilla o por otro medio de pago del monto de la pensión mensual fijada en el proceso de alimentos, previo a la suscripción del contrato o la expedición de la resolución de designación correspondiente”.
La misma oficina se encarga de tramitar el depósito judicial respectivo a través de la oficina de tesorería o la que haga sus veces en la entidad, salvo disposición distinta del juzgado competente sobre la forma de pago.
En el sector privado, señala el decreto legislativo, la autorización del descuento por planilla o por otro medio de pago del monto de la pensión alimenticia se establece de común acuerdo entre el empleador y el trabajador o la persona postulante. La oficina correspondiente deberá informar al Redam de la autorización del descuento, también en el plazo de tres días hábiles.