Por Cecilia Guzmán-Barrón(Perú), socia del Estudio Gallo Barrios Pickmann, Abogados
Después de muchos años, y ante la necesidad de eliminar trabas administrativas y derogar normas obsoletas, tenemos buenas nuevas en Migraciones. Recientemente, se ha publicado el Decreto Legislativo N° 1236, que sustituirá a la Ley de Extranjería, y las modificaciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
Una primera preocupación era responder a las diversas situaciones para las cuales se requiere una visa de trabajo, en particular, en los casos de trabajos urgentes, de corta duración y de alta complejidad. Frente a ello, además de las visas para ciudadanos extranjeros que trabajan en empresas nacionales, y para aquellos que son destacados desde el exterior en mérito a un contrato de servicios entre una empresa nacional y una extranjera, el Decreto Legislativo N° 1236 prevé autorizar el visado a favor de quienes provienen de países limítrofes, de científicos, investigadores y tecnólogos, así como de los comúnmente llamados “expatriados”, es decir, de ejecutivos en posiciones claves que ingresan al Perú para cumplir con sus obligaciones en una empresa multinacional o en una empresa que forma parte de un grupo económico. Para cada uno de estos supuestos se propone una calidad migratoria, con un plazo máximo de vigencia y que -según el caso- corresponderá a una determinada categoría (visitante, temporal o residente).
Otro aspecto a destacar en el Decreto Legislativo Nº 1236 radica en la importancia que se concede a la unidad migratoria familiar como principio que guía la actuación de la autoridad migratoria. Sobre la base de ello, se reconoce por primera vez como parte de la familia a la persona integrante de la unión de hecho, a los suegros y a los hijastros, se elimina la discriminación entre hijos e hijas, y se extiende la edad máxima de los hijos mayores de edad para obtener visa de familia mientras se encuentren estudiando en el país.
En cuanto a los procedimientos es notoria la supresión de requisitos trasnochados, como la partida de nacimiento que todos los años había que presentar ante Migraciones para demostrar que el hijo seguía siendo hijo, y la simplificación de documentos traídos desde el exterior, como el contenido de la carta de designación para el trabajador de una empresa extranjera.
Transcurrido más de un mes desde la aplicación de los nuevos procedimientos, se encuentra pendiente una comunicación más fluida con el usuario sobre los requisitos y los criterios que orientan la labor de la autoridad migratoria. De igual manera, junto a los temas migratorios, resulta necesario conocer los otros aspectos legales que deben tomarse en cuenta al momento de contratar a un profesional extranjero.
Dada la importancia de conocer en mayor detalle las novedades migratorias que se están implementando y las próximas a introducir, y las previsiones a adoptar al contratar ejecutivos de otros países, la Asociación Peruana de Recursos Humanos –APERHU ha organizado el evento “Oportunidad de la Reforma Migratoria para Contratación de Ejecutivos”, que se realizará el próximo 26 de noviembre.