Nuestra vejez y la Reforma de Pensiones

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Por Cecilia Guzmán-Barrón – Socia de Guzmán-Barrón Abogados

Todos aspiramos a tener una vida digna, en especial durante nuestra vejez. Y el Informe Final de la Comisión de Protección Social (www.proteccionsocial.com.pe), que aborda el diagnóstico y la propuesta de mejora del sistema de pensiones, del sistema de salud y del seguro de desempleo, revela datos alarmantes al respecto: hoy cerca del 41% de la población adulta mayor no tiene derecho a pensión, y solo el 13.7% de la PEA puede acceder a una pensión de jubilación. ¿Cómo revertir esta situación?

La Comisión nos plantea firmar como sociedad un nuevo Contrato Social, mediante el cual el Estado garantice que ningún peruano se quedará sin pensión, y cada peruano se obligue a ahorrar según sus capacidades.

A partir de este mutuo compromiso, el sistema de pensiones se sostiene en tres pilares: (i) un pilar denominado “antipobreza”, compuesto por una pensión mínima subsidiada por el Estado a través de los impuestos (esta pensión mínima oscilaría entre S/ 125 y S/ 328 y se iría reduciendo según el fondo de la cuenta individual vaya aumentando); (ii) un pilar contributivo equivalente al fondo acumulado en la cuenta individual de capitalización de cada afiliado; y (iii) un esquema de rentas vitalicias y retiros programados más sencillo, que permita mantener el ingreso durante la ancianidad.

Los aportes voluntarios se promoverían a través del gasto y del “matching” estatal. Lo primero significa que, a cada factura por consumo -que no califique como de necesidad básica- (la Comisión señala como ejemplo al servicio de telefonía celular), se añadiría un pequeño porcentaje para destinarlo al fondo de pensiones. Lo segundo supone que el Estado aportaría el mismo importe al fondo de pensiones. El aporte del afiliado sería voluntario, pues si así lo desea podría solicitar que el aporte descontado de las facturas le sea devuelto (obviamente, en este caso, no habría “matching” estatal).

El nuevo Contrato Social sería firmado por todos los peruanos, sin excepción, el día que cumplan 18 años de edad. A partir de ese día, ingresarían al sistema de pensiones, lo cual les daría derecho a percibir una pensión mínima y a tener una cuenta individual. Para ello, no sería requisito ser trabajador (sea dependiente o independiente).

Los actuales afiliados al Sistema Nacional de Pensiones podrían permanecer en dicho sistema o migrar al nuevo, otorgándose en este último caso un Bono de Reconocimiento.

El Nuevo Sistema de Pensiones estaría a cargo de una sola entidad (pública o privada), que también tendría la función de orientar al afiliado en materia pensionaria, y la de realizar inversiones que permitan engrosar su fondo de pensiones.

Desde la perspectiva legal, estamos de acuerdo con los tres pilares propuestos y con el regreso a los principios fundamentales de la Seguridad Social (universalidad y solidaridad), pero no así con el monopolio de la administración de los fondos de pensiones. Es necesario repensar el fomento de aportes voluntarios a través del gasto, pues precisamente este mecanismo podría servir para recaudar el aporte obligatorio de quienes no califican como trabajadores dependientes ni independientes (¿o podría servir para ambos casos?). Asimismo, preocupa cómo se financiaría el “matching” estatal. Menuda tarea la de persuadir a la economía formal para que firme el nuevo Contrato Social, y a los más jóvenes de la necesidad de que empiecen aportar desde que temprana edad. 

Pese a que la función de la Comisión era limitada, el Informe nos ofrece una oportunidad única para debatir sobre el futuro, para que todos gocemos de una vejez decente.

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