El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) publicará a partir de hoy miércoles en su portal institucional información sobre la Planilla Electrónica, las Tablas Paramétricas que deben ser utilizadas para su elaboración, así como la Estructura de los Archivos de Importación de dicho documento, los mismos que han sido coordinados con la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat).
En la planilla electrónica, los datos del empleador correspondientes al domicilio fiscal, los establecimientos anexos y el nombre, denominación o razón social serán aquellos que hubieran sido declarados y /o actualizados en el Registro Único de Contribuyentes (RUC). Es responsabilidad del empleador mantener actualizados los datos mencionados.
Con respecto a la rectificación o sustitución de la planilla electrónica referida a los períodos comprendidos entre enero de 2008 y el anterior a la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 015-2010-TR, se realizarán a través del medio informático dispuesto por la Sunat.
Las empresas omisas a la presentación de la Planilla Electrónica, durante el periodo mencionado, deberán también acudir al sistema informático de la Sunat.
De acuerdo con la Resolución Ministerial N º 121-2011-TR se dejan sin efecto las disposiciones que se opongan a la misma, así como la Resolución Ministerial N º 009-2010-TR.