El tiempo de trabajo previo a la hora ordinaria de ingreso o el posterior a la hora de salida constituye sobretiempo y, tiene un valor superior a la hora normal de trabajo, según César Puntriano socio del estudio Muñiz.
Estas horas extras, se paga con un recargo del 25% por las dos primeras horas extras y de 35% a partir de la tercera hora extra; y una alternativa legal consiste en otorgar descanso pagado en compensación al sobretiempo, previo acuerdo escrito con el trabajador.
Pero ¿Cómo se calcula el monto?
Para determinar las horas extras debemos hallar el valor hora ordinaria de trabajo y a este resultado añadirle la sobretasa correspondiente.
Jornadas menores a 48 horas
Otro tema es cuando el trabajador tiene una jornada semanal de 40 horas y labora 5 horas extras. La legislación laboral señala que la hora extra debe computarse de manera diaria por lo que es equivocado sostener que las 2 primeras horas que exceden a las 40 se pagan con la sobretasa del 25% y que las 3 restantes se cancelan con la sobretasa del 35%.
Lo correcto, según el experto, es determinar qué día de la semana se laboró en sobretiempo y las sobretasas se aplicarán dependiendo de las horas extras en cada día.
También es errado sostener que como la jornada es de 40 horas, la empresa tiene un margen de 8 horas extras hasta llegar al máximo legal de 48 semanales. Las horas extras se determinan en función a la jornada vigente aun cuando sea menor a la máxima legal.