El lamentable fallecimiento de dos jóvenes en la sede de McDonald’s, ubicada en Pueblo Libre, ha expuesto las condiciones en las que trabajan cientos de jóvenes que ven en los locales de comida rápida una oportunidad para empezar a generar ingresos propios.
Pero ¿qué dice la ley respecto a ellos? Álvaro García Manrique, intendente nacional de prevención y asesoría de Sunafil, explicó que “no hay un régimen especial para locales de comida rápida”, pues estos están sujetos al mismo régimen establecido para todas las empresas del país.
Es decir, los trabajadores que ingresan a laborar a uno de estos restaurantes tienen derecho, por ejemplo, al sueldo mínimo, jornada máxima (8 horas), vacaciones, seguro social y, sobre todo, a condiciones laborales de seguridad y salud adecuadas.
“Ellos tienen todos los beneficios de un trabajador que labora en cualquier otro tipo de sector económico”, remarcó el funcionario en entrevista con Habla Capital.
El intendente explicó también que la ley peruana contempla la modalidad de trabajo part time, en la cual el trabajador debe brindar servicios por menos de cuatro horas al día. “Un trabajador que hace 4 horas ya es full time”, aclaró.
Bajo este régimen, el trabajador goza de algunos beneficios como gratificación, vacaciones por un mínimo de seis días, participación en utilidades, seguro social y una remuneración proporcional a las horas que labora.
Fuente: Capital.pe