CTS: Cuánto te depositarán según el tipo de empresa en la que trabajas

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El empleador tiene la obligación de otorgar una liquidación de cálculo de la CTS a cada trabajador en la que se detalle la forma de cálculo.

La CTS es un depósito que el empleador realiza por disposición legal y tiene el objetivo de prever el riesgo que origina el cese de la relación laboral y la consecuente pérdida de tus ingresos, es como un seguro con el que cuenta el empleado al finalizar su relación con la empresa en la que ha laborado.

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Este beneficio le corresponde principalmente a los trabajadores bajo el régimen 728, de la actividad privada común. Estos tienen derecho a recibir la CTS, tanto en mayo como noviembre. También están los trabajadores de las pequeñas empresas, aquellas que no superen los ingresos anuales de 1,700 UIT, los cuales pueden acceder a razón de un 50 % de este beneficio, siempre y cuando las pequeñas empresas estén inscritas en el Remype.

Por otro lado, está el caso de las microempresas, que no superen las 150 UIT anuales que no están obligadas a pagar la CTS a sus empleados.

Cabe mencionar, que como regla general, pueden acceder todos los trabajadores del régimen laboral privado que hayan laborado como mínimo cuatro horas diarias y que tengan como mínimo un mes completo de servicios entre los meses de mayo y octubre.

Existen dos tipos de CTS para este grupo:

  • Los trabajadores con un semestre a más: Si el trabajador laboró de mayo a octubre de 2022, se le depositará el 50 % del sueldo de octubre y un sexto de la gratificación recibida en julio del presente año.
  • Aquellos trabajadores que no hayan laborado un semestre completo, también tienen derecho a la CTS pero no completa, sino a un sexto del sueldo por cada mes trabajado más un sexto de la gratificación.

Pequeña empresa

A diferencia de la anterior, los ingresos anuales no deben superar los 1,700 UIT. Estas son las características que los trabajadores deberán de tomar en cuenta.

  • Si la empresa se inscribió en Remype y el trabajador fue contratado luego de dicha inscripción, entonces podrá recibir el 50 % de la CTS bajo el régimen general.
  • Por otro lado, si la empresa está registrada en el Remype y el trabajador fue contratado antes del registro de esta, entonces podrá obtener a la CTS, tal como indica la regla general.
  • Aunque la empresa no esté registrada en el Remype, los trabajadores nuevos y antiguos tendrán derecho a percibir la CTS, según la regla que dirige la mediana y gran empresa.

Microempresa

Los negocios que están en este rubro tienen como característica el no superar los ingresos anuales a 150 UIT. Sin embargo, las personas deberán de tomar en cuenta algunos casos.

  • La microempresa que no esté inscrita en el Remype, tendrá que realizar el pago de CTS a sus trabajadores bajo la regla general.
  • Los trabajadores que hayan sido contratados antes del registro de la microempresa en el Remype, también deberán de recibir la CTS según la regla general.
  • En el caso de aquellos trabajadores que fueron contratados después de la inscripción de la microempresa en Remype, no podrán acceder a la CTS.

Cómo verifico su correcto calculo y desembolsada

El empleador tiene la obligación de otorgar una liquidación de cálculo de la CTS a cada trabajador en la que se detalle la forma de cálculo, así como acreditar el depósito de este beneficio en la cuenta del sistema financiero o bancario elegida por el trabajador.

La CTS a depositar equivale al 50 % de la remuneración percibida por el trabajador al 30 de abril o al 30 de octubre, dependiendo de si trata del depósito de mayo o del depósito de noviembre, respectivamente. Asimismo, debe incluirse también 1/6 de la gratificación del periodo correspondiente.

En ese sentido, para el pago de noviembre, por ejemplo, debe incluirse 1/6 de la gratificación de julio de 2022. Esto debido a que se trata de una remuneración de periodicidad semestral.


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