Se está incrementando la formalización laboral en el país, sin embargo la mayoría de trabajadores formales todavía están bajo la modalidad de contratos temporales, según la firma KPMG.
“En muchas empresas formales un 70% de sus trabajadores están con contratos temporales a plazos de seis meses, uno o dos años; solo un 30% tiene contratos a plazo indeterminado o estable”, precisó Sara Campos Torres, asociada senior responsable del Área Laboral de KPMG Tax & Legal.
Duda
Según la especialista, la mayoría de empresas utilizan contratos temporales porque no tienen certeza de cómo va a funcionar el trabajador. Sin embargo, a pesar de que muchos empleados demuestran – por más de un año-alta eficiencia y eficacia en los resultados, la gran mayoría de firmas todavía estaría utilizando los contratos temporales en vez de incorporarlos, aunque pagando los beneficios laborales.
Si bien este no es un caso particular del Perú, porque en la región las empresas también utilizan los contratos temporales, en nuestro país la situación sería más notoria.
Además, Perú sería el único país de la región con nueve modalidades de contratos temporales agrupados en “de naturaleza temporal, accidental y de obra o servicio”. “En otros países tienen a lo mucho hasta cuatro clases de contratos temporales” precisó Sara Campos.
Pero los contratos temporales tendrían un efecto negativo en las empresas. “Estos contratos generan muchos niveles de incertidumbre y ausentismo laboral, porque el empleado está en la búsqueda de nuevas oportunidades laborales, pues teme que no le renueven el contrato una vez que concluya el plazo”, afirmó Octavio Chávez Toro-Lira, director de KPMG Tax & Legal.
Señaló que los contratos temporales más utilizados son de “necesidad de mercado e incremento de actividad”. Pero en la mayoría de los casos esos acuerdos serían inválidos, pues no habría datos que respalden la condición de temporalidad.
“Si no hay una justificación, el contrato está desnaturalizado y el Ministerio de Trabajo puede sancionar. Dependiendo de la gravedad de la falta, la multa puede fluctuar entre 5% y 100% de una base que varía desde 6 UIT (S/. 21,600) hasta 10 UIT (S/. 36,000)”, estimó Sara Campos, en el marco de la conferencia sobre Planeamiento Laboral 2012, organizado por su representada.
Fuente : Diario Gestión