Las devoluciones serán en su totalidad y de manera automática.
Conoce el decreto N° 085- 2018, emitido por El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) donde resalta la devolución automática de los impuestos a los trabajadores de 4ta y 5ta categoría.
La primera modalidad es la devolución del dinero a los trabajadores a través de sus cuentas bancarias; no obstante, aquellos trabajadores que no hayan actualizado su información a través de la Sunat hasta el día 7 de mayo, no podrán recibir su dinero.
Posterior a este plazo, los trabajadores deben seguir la siguiente modalidad: Orden de Pago del Sistema Financiero (OFP) mediante el Banco de la Nación, será indispensable que la persona asista con su DNI.
Si la persona no cuenta con su DNI, recibirá un cheque no negociable que también podrá ser cobrado en una de las agencias del Banco de la Nación.
La representante de Senior Manager de Tax & Legal de PwC Perú, Claudia Castañeda, mencionó que la devolución automática de los impuestos será hasta el día 14 de mayo, fecha en que se vence el plazo de 30 días hábiles para realizar este pago, contando desde el día 1ro de abril.
Además, Castañeda resaltó que los trabajadores deben revisar los medios proporcionados por la Sunat para verificar si se hizo la devolución respectiva.
Devolución a pedido del trabajador
Para aquellos trabajadores que hicieron su pedido de devolución de impuesto hace 45 días ya se ha reportado el inicio de los pagos por parte de la Sunat. Existe un pago adicional de intereses si el plazo ha sido superado.