Ley promulgada por el Ejecutivo beneficia a madres embarazadas

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El Ejecutivo promulgó hoy la ley N° 30367 que protege a las madres gestantes del despido arbitrario y prolonga su período de descanso pre y postnatal de 90 a 98 días.

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Esta ley declara nulo el despido por motivo el embarazo, el nacimiento y sus consecuencias o la lactancia, si ocurre en cualquier momento de la gestación, o dentro de los 90 días posteriores al nacimiento.

Dicha disposición se aplica «siempre que el empleador haya sido notificado documentalmente del embarazo en forma previa al despido y no enerva la facultad del empleador de despedir por causa justa», informó agencia Andina.

Para el abogado laboralista Fernando Varela, esta ley impedirá el abuso a las mujeres que salen embarazadas y, donde el empleador busca despedirla por cualquier medio.

Respecto al descanso pre y postnatal de la trabajadora gestante, la norma indica que a partir de ahora una trabajadora puede gozar de 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso post natal; y no 45 días como era antes en cada caso.

Es necesario recalcar que el goce de descanso prenatal podrá ser diferido, parcial o totalmente, y acumulado por el postnatal, a decisión de la trabajadora gestante. Dicha decisión debe ser comunicada al empleador con una antelación no menor de dos meses a la fecha probable de parto.

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