De una muestra de 569 empresas privadas fiscalizadas este año, 222 no contaban con el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), lo que representaría un nivel de incumplimiento del 39%, informó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Ante esta situación, la Autoridad Laboral planteó sancionar económicamente con una suma que, en conjunto, supera los S/. 3.2 millones a las empresas que estarían vulnerando la ley, las cuales están ubicadas en diez regiones del país y congregan a más de 1,849 trabajadores, según las investigaciones preliminares.
Están obligadas a contar con el SCRT las actividades de riesgo como la construcción, minería, extracción de madera, pesca, industria del plástico y otras, debiendo asumir el costo de primas o aportaciones las entidades empleadoras.
También están comprendidas en esta obligación las cooperativas de trabajadores, empresas de servicios especiales -sean de servicios temporales o de servicios complementarios- los contratistas y subcontratistas, así como toda institución de intermediación o provisión de mano de obra que destaque personal hacia centros de trabajo donde se ejecuten las actividades de riesgo.
PROTECCIÓN AL TRABAJADOR
En caso de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, el SCTR otorga prestaciones mínimas a los afectados como: pensión de sobrevivencia, pensión de invalidez y gastos de sepelio, de ser el caso.
De producirse un siniestro, aquellas empresas de alto riesgo que no cuentan con el SCTR para la totalidad del personal o que contrataron coberturas insuficientes, serían las responsables frente a EsSalud o la EPS por el costo de las prestaciones que estas entidades otorgarán al trabajador afectado; independientemente de su responsabilidad civil frente al empleado y sus beneficiarios, por los daños y perjuicios causados.