La legislación actual establece que pueden ser sometidos a arbitraje temas laborales, siempre que el convenio ocurra a la conclusión de la relación laboral y que el trabajador tenga un sueldo mensual superior a S/27,650.
Sin embargo, recientes fallos de la Cuarta Sala Laboral de Lima cuestionan la validez de estos acuerdos para que los problemas surgidos entre trabajador y empresa se resuelvan vía un arbitraje, ya que los derechos de los trabajadores son irrenunciables, según sentencias.
Estos acuerdos son usualmente usados para desvincular a gerentes generales y altos ejecutivos de la empresa.
Expertos advierten que “se abre la posibilidad de que los exgerentes y altos funcionarios, además de cobrar los montos acordados en los convenios, puedan reclamar otro mayor pero a nivel judicial, ocasionando inseguridad jurídica para las empresas”. Las demandas por cada alto ejecutivo, se estiman, en promedio, en S/1 millón en sectores de energía, pesca y otros.
Antecedentes
Antes del 2010, los convenios arbitrales se podían pactar, sin límite en monto o tiempo de la relación laboral (inicio, vigencia o cese), con lo cual sí podría colocarse en una situación de indefensión al trabajador, opinó el laboralista Jorge Toyama.
Asimismo, anotó que “los derechos laborales son irrenunciables, pero el acuerdo de que se resuelva a través de un arbitraje no afecta este principio, ya que los árbitros deben respetar los principios constitucionales en su pronunciamiento.