Este viernes 26 de julio (desde las 12.00 pm) y sábado 27 de julio fueron declarados días no laborables obligatorios para los sectores público y privado en Lima y Callao. Asimismo, el martes 30 de julio será no laborable a nivel nacional. Pero en este segundo caso la medida solo será obligatoria para el sector público, mientras que para el sector privado será voluntario.
Todos estos días se suman a los tradicionales feriados del 28 y 29 de julio por Fiestas Patrias. En los casos de los días no laborables, las empresas podrán disponer que luego los empleados compensen las horas dejadas de trabajar, ¿de qué forma?
Horas extra
Al respecto, el abogado laboralista Brian Ávalos refirió que la empresa puede hacer compensar al trabajador con una hora extra a su jornada ordinaria, durante algunos días. “Por ejemplo, si el trabajador sale a las 6p.m., podría quedarse hasta las 7 p.m. O el ingreso podría ser una hora antes”, indicó Ávalos, socio del estudio Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados.
Otra alternativa para las empresas será compensar la jornada no laborada descontando del periodo de vacaciones que le corresponde al trabajador. “Muchos empleadores van a optar compensar con las vacaciones”, anotó.
Algunos casos sin compensación
Ávalos también refiere que algunas empresas voluntariamente han decidido que no harán compensar al trabajador las horas dejadas de laborar, debido a que resulta difícil o innecesario el laborar horas extras.
“En esos casos, como las empresas privadas darán las jornadas no laborables el 26 y 27 y no habrá compensación, también están decidiendo no acatar el no laborable del 30 de julio, que resulta para ellos voluntario”, anotó.
Fuente: Gestión
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