¿Qué tipos de contratos laborales existen en el Perú y cuáles son sus beneficios?

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Estar al tanto de los distintos tipos de contrato que existen en el Perú es muy importante para toda empresa ya que de ello dependerá el tipo de personal a contratar de acuerdo con sus necesidades y así, tener en cuenta los gastos que se deben cubrir. Según el Decreto Supremo No. 003-97-TR, todo empleador bajo el régimen de actividad privada tiene diferentes formas de contratar a sus trabajadores: a plazo indeterminado, sujeto a modalidad o plazo fijo y a tiempo parcial.

En ese sentido, Nelson Marín, Líder de proyectos de GeoVictoria, empresa líder en la automatización de la gestión de asistencia de empresas en más de 40 países, explica cuántos tipos de contratos laborales existen en el Perú y cuáles son los beneficios para el empleador y empleado.

¿Qué tipos de contratos laborales existen en el Perú?

Según detalla el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), existen tres tipos de contratos laborales: indeterminados, determinados o a plazo fijo y a tiempo parcial. Sin embargo, cada uno de ellos cubre distintas necesidades y tienen diferente duración y beneficios que Marín explica a continuación:

1. CONTRATO INDETERMINADO: Este tipo de contrato, como bien su nombre lo dice, tiene una fecha de inicio, pero no se registra la fecha de culminación. Generalmente, deben celebrarse de forma escrita o verbal y las personas que prestan servicios bajo este tipo de contrato, son considerados estables o permanentes.

Además, Marín señala que el empleador que decide contratar a un trabajador bajo esta modalidad deberá contemplar todos los beneficios laborales que brinda la ley peruana: CTS, gratificaciones, vacaciones, etc., y considerarlos como un gasto fijo a largo plazo.

2. CONTRATO DETERMINADO O SUJETO A MODALIDAD: Este tipo de contrato mejor conocido como contrato a plazo fijo, cuenta con una fecha de inicio y una fecha de término. Se debe celebrar de forma escrita, su duración es no mayor a 5 años, cubre ciertas necesidades de la compañía y los beneficios laborales estarán sujetos a las condiciones de esta. Este tipo de contrato es uno de los más usados debido a las necesidades del mercado. Este contrato se divide en tres modalidades:

3. CONTRATO DE NATURALEZA TEMPORAL: Puede ser por incremento de actividad, aplica a empresas que recién inician actividades o incluyen nuevas en una empresa ya existente; por necesidades de mercado, con el fin de atender eventos coyunturales que demandan mayor producción en el mercado; y por reconversión empresarial, cuando se afronta cambios importantes dentro de la empresa.

 4. CONTRATO DE NATURALEZA ACCIDENTAL: Puede ser contrato ocasional, la cual atiende necesidades transitorias de la empresa; contrato de suplencia, para sustituir a un trabajador temporal por ausencia justificada; y contrato de emergencia, el cual se celebrar para cubrir un caso fortuito o fuerza mayor.

5. CONTRATO PARA OBRA: Puede ser por servicio específico, el cual tendrá una duración similar a la obra o servicio; intermitente, el cual cubre necesidades permanentes, pero discontinúas de la empresa; de temporada, la cual se celebra para atender necesidades del mercado solo en ciertas épocas del año.

6. CONTRATO A TIEMPO PARCIAL: Mejor conocido como contrato “Part-time”, establece que el colaborador no deberá superar una jornada laboral de 4 horas como máximo y recibirá como salario la mitad de la remuneración mínima vital. Aquellos colaboradores contratados bajo esta modalidad deberán recibir beneficios laborales con excepción de CTS y vacaciones.

¿Qué tener en cuenta a la hora de hacer un contrato?

Nelson Marín, Líder de Proyectos de GeoVictoria señala: “Un contrato de trabajo deberá ser elaborado de la manera más clara posible evitando tecnicismos que creen confusiones. Es recomendable tener contratos prestablecidos para cada puesto y contemplar el impacto de los beneficios laborales de cada empleado. Adicional a ello, se debe contemplar el reglamento interno, el cual es obligatorio si tu empresa tiene más de 100 empleados según el Decreto Supremo N° 039-91-TR, el cual fijará disposiciones como la admisión o ingreso de los trabajadores, las jornadas y horarios de trabajo, las normas de control de asistencia de los colaboradores, entre otros por lo que contar con una correcta gestión de asistencia será primordial para el cumplimiento de esta norma”.


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