Solo obreros textiles recibirán prima de 10% de su salario

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La Corte Suprema puso fin a un largo debate respecto a la aplicación de un beneficio laboral emblemático en la industria textil y precisó que solo alcanza a los trabajadores obreros, y no a los empleados, pues esto últimos no realizan labores operativas o manuales directivamente vinculadas a esa actividad.

De esta manera se delimitó con claridad que ese beneficio equivalente al 10% sobre el salario es solo para los trabajadores obreros, variado el criterio de fallos anteriores.

Cabe indicar que en el año 2012 se dispuso que el beneficio aplicaba para los trabajadores obreros que realizan labores propias de la actividad textil (hilatura, tejedura, devanado y lavado de seda, acabados de productos textiles, entre otros).

Sin embargo, no quedaba del todo claro cuál era su alcance durante los años 1944 al 2012, ya que cuando se reguló su aplicación por primera vez algunos jueces entendían que se incluía también a los empleados (personal administrativo). Lo cual involucró un debate por más de 70 años.

Fuente: Gestión

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