Los trabajadores del sector privado recibirán un sueldo de gratificación por fiestas patrias y una bonificación del 9%, así lo informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL), conforme a la Ley N° 30334 que desgravó permanentemente las gratificaciones.
Según la norma, cada trabajador de la actividad privada recibirá un sueldo íntegro, siempre que haya laborado el semestre completo (enero – junio 2019) y además percibirá el 9% como bonificación extraordinaria.
Cabe precisar que la fecha limite para realizar el pago de gratificaciones vence el lunes 15 de julio. Por otro lado, los trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS) no tendrán una bonificación de 9% sino de 6.75%.
¿Quiénes reciben una gratificación?
Los trabajadores que de la actividad privada que están sujetos a un contrato indefinido, plazo fijo y a tiempo parcial, al igual que trabajadores socios de cooperativas.
En el caso de los trabajadores de microempresas recibirán medio sueldo de gratificación siempre y cuando su empresa este inscrita en el Registro de la Micro y pequeña Empresa (Remype). Según la CCL no es necesario que el empleado labore un mínimo de cuatro horas diarias para acceder a este derecho.
¿Quiénes no perciben una gratificación?
Aquellos que trabajan en microempresas contratados después de la inscripción de la empresa en el Remype, los que prestan servicios independientes, los trabajadores del sector agrario y quienes perciben una «Remuneración Integral».
¿Cuánto debo recibir?
La gratificación que se da por Fiestas Patrias es equivalente al íntegro de la remuneración que el trabajador percibió al 30 de junio del 2019. Mientras que los trabajadores de las pequeñas empresas tienen derecho a medio sueldo, siempre que hallan sido contratados después de haberse inscrito en el Remype.
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