Services y Cooperativas tienen menos de 30 días de plazo para regularizar su situación

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Todas las empresas especiales de servicios y cooperativas de trabajadores tienen menos de treinta días de plazo para adecuarse a la nueva normativa legal que establece criterios uniformes para calificar debidamente sus actividades y señala cuales son las labores que pueden intermediarse (R.M. N° 012-2010-TR).
 
Las Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo (DRTPE), en el interior del país, procederán a notificar a las empresas dedicadas a la intermediación laboral para que se presenten ante la Autoridad Administrativa de Trabajo (AAT) para que levanten las observaciones – si las hubiera- para que puedan seguir operando.

Esta medida se está adoptando al haberse comprobado que algunas empresas inscritas por las DRTPE en el Registro Nacional de Empresas y Entidades que realizan actividades de Intermediación Laboral (RENEEIL) no cumplen con las normas legales y técnicas.

Durante las visitas de supervisión realizadas a las DRTPE, se han revisado los expedientes de las empresas que vienen operando prestando servicios temporales, complementarios y especializados, detectándose las siguientes observaciones comunes:
– Las escrituras públicas de las empresas no cuentan con el objeto exclusivo de intermediación laboral que señala la norma
– No hay una calificación adecuada de las actividades de intermediación laboral
– Se autoriza para operar establecimientos anexos, para brindar servicios de vigilancia privada, sin contar con la autorización de la DICSCAMEC
– Se ha observado que el tipo de establecimiento anexo "desarrollo de actividades" se ha venido utilizando indebidamente por las empresas, por lo que se ha procedido a eliminar este tipo de establecimiento toda vez que no se encuentra de acorde con la declaración en la SUNAT, verificándose que muchas empresas señalaban domicilios fantasmas.

Se invoca a las empresas de intermediación laboral a acudir voluntariamente a las DRTPE para que puedan adecuar sus expedientes en el RENEEIL y puedan solicitar adecuadamente su renovación de su inscripción o subsanar alguna falta, si la hubiera, para continuar operando.

El objetivo de esta medida no es depurar el RENEEIL sino que las empresas se encuentren debidamente adecuadas a la normatividad vigente, por lo que se les dará todas las facilidades para que aquellas services o cooperativas que no se ajustan a la normativa puedan regularizar su situación para lo cual recibirán toda la asesoría necesaria.

PROTECCIÓN AL TRABAJADOR
La nueva normativa (R.M. N° 012-2010-TR) establece los parámetros para calificar los servicios complementarios y especializados, cautelando adecuadamente los derechos de los trabajadores.

Así, las llamadas "services" contarán con una norma técnica que flexibilizará los trámites previstos para la presentación de las obligaciones laborales como contratos suscritos con las empresas usuarias, presentación de cartas fianzas, contratos suscritos con los trabajadores y estadísticas trimestrales.

Además, la norma contempla parámetros para la calificación de las actividades a ser intermediadas, el procedimiento en el caso de incumplimiento de derechos y beneficios laborales, la presentación de la carta fianza, las infracciones para las empresas de intermediación y para las empresas usuarias así como las coordinaciones con la Dirección de Inspección Laboral. Esta nueva directiva se mantiene en el marco de la Ley 27626 que crea el registro RENEEIL y su reglamento.

ASPECTOS TÉCNICOS
Para la calificación de los servicios se considera únicamente las actividades que aparecen expresamente en el Reglamento de la Ley: vigilancia, seguridad (vigilancia privada), reparaciones (llamado mantenimiento correctivo, es decir, cuando los equipos se hayan malogrado o algunas piezas se hayan deteriorado), mensajería externa y
limpieza.

En el caso de los servicios especializados, se sigue manteniendo los parámetros anteriores, estableciéndose que únicamente se admita el registro de las empresas que brinden los servicios de alta especialización correspondientes al mantenimiento y saneamiento especializado (desinfectación, desinfección, fumigación, desratización y
desinfección de reservorios de agua como tanques elevados y cisternas).

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