El lunes 18 entrará en vigencia el nuevo procedimiento operativo aprobado por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS/AFP) para iniciar las solicitudes de retiro extraordinario del 25 % de los fondos en el Sistema Privado de Pensiones, establecido en la Ley N° 31017, la cual dispone medidas para aliviar la economía familiar y dinamizar la economía nacional durante este año, ante la emergencia sanitaria por el brote del coronavirus.
La Resolución SBS Nº 1352-2020 señala que los afiliados podrán ingresar su solicitud de retiro extraordinario facultativo de aportes obligatorios, por única vez, dentro del plazo máximo de 60 días calendario y tomando en cuenta los montos máximos y mínimos establecidos en la ley, con los canales y formatos que establezcan , previa evaluación de las AFP.
Además, las AFP fijarán los mecanismos de ordenamiento para garantizar la disponibilidad de los canales de atención de las solicitudes de los afiliados, y lo difundirán en forma previa a la presentación de solicitudes; asimismo, las plataformas que soporten el registro de las solicitudes deben facilitar, en términos de tiempos y acceso, estándares que faciliten su correcto llenado.
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