Notas a propósito del incremento de la Remuneración Mínima Vital

Mediante Decreto Supremo No. 015-2026-TR, se ha dispuesto el incremento de la Remuneración Mínima Vital (RMV) de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Con ello se cumple con lo ofrecido por la Presidenta en su mensaje pronunciado el 28 de julio pasado.

A manera antecedente, conviene recordar que el último incremento de la Remuneración Mínima Vital (RMV) fue efectivo a partir del 1 de enero de 2025, habiendo el monto aumentado en S/ 105, es decir, de S/ 1,025 a S/ 1,130, lo que supuso un 10% aproximadamente.

El Decreto Supremo bajo comentario dispone el aumento de la RMV de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada en S/ 170.00 con lo que la RMV pasará a ascender de S/ 1,130.00 a S/ 1,300.00. En términos porcentuales se trata de una mejora en 15%.

El mencionado aumento se efectuará en dos tramos, el primero de S/ 100.00, con lo que la RMV pasa a ascender a S/ 1,230.00  a partir del 1 de octubre de 2026, mientras que el segundo es de S/ 70.00, el cual se fijará mediante Decreto Supremo a emitirse durante el primer semestre del año 2027.

El efecto del aumento de la RMV para el empleador es el siguiente:

No.ConceptoDescripciónImporte hasta el 30.09.2026 (S/)Monto a partir del 01.10.2026 (S/)
1.Asignación Familiar10% RMV113123
2.Ingreso mínimo nocturno (10:00 p.m. a 06:00 a.m.)RMV + 35%1,525.501,660.50
3.Subvención modalidades formativas laborales (jornada máxima)RMV1,1301,230
4.Ingreso mínimo mineroRMV + 25%1,412.501,537.50
5.Remuneración diaria régimen agrarioLey 31110 comprende RMV, 9.72% CTS y 16.67% gratificaciones47.6051.82
6.Bono beta régimen agrario30% RMV339369
7.Contribución mensual mínima a EsSalud9% de RMV101.70110.70
8.Ingreso mínimo periodistas colegiados3 RMV3,3903,690
9.Monto máximo prestaciones alimentarias suministro indirecto (vales alimentos)2 RMV2,2602,460

Si bien el aumento ha sido consensuado en el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, no es menos cierto que tendrá un impacto en las microempresas, que concentran a una gran cantidad de trabajadores cuyo ingreso es equivalente a la RMV. Para paliar ello, el Gobierno se ha comprometido a otorgar un bono de S/ 100, se entiende por trabajador que perciba el aumento. El bono mencionado resulta insuficiente pues se pagará una sola vez y no considera el impacto en el costo laboral no salarial del empleador, que en el caso de las microempresas oscila entre el 15% a 20%. Además, el reajuste de la RMV debe considerar factores como inflación, productividad y tener en cuenta que la realidad del país en las distintas regiones no es la misma.

Sin embargo, no podemos soslayar el hecho que un ingreso bruto equivalente a la RMV resulta insuficiente, considerando que la canasta básica supera los S/ 1.800 para una familia de cuatro integrantes, lo que lleva a los trabajadores a conseguir más de un empleo, el segundo de ellos seguramente informal.

Lo que esperamos es que el PBI crezca en los próximos años debido a mayor inversión privada y pública, se incremente la productividad y con todo ello se puedan incrementar las remuneraciones, incluyendo la RMV.


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