El incumplimiento de las evaluaciones de salud obligatorias y de las medidas profilácticas prescritas faculta legalmente a las empresas a disolver el vínculo laboral.
La normativa busca garantizar la seguridad en el entorno de trabajo y prevenir riesgos o accidentes mayores.

En el marco de la legislación laboral vigente, la seguridad y salud en el trabajo se consolida como un pilar crítico para la continuidad operativa de las empresas. Bajo este escenario, es clave recordar que la obligación de los colaboradores de someterse a exámenes médicos no es opcional, y su incumplimiento acarrea consecuencias legales severas que incluyen el término del contrato de trabajo.
De acuerdo con lo estipulado en el artículo 23 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL), negarse de manera injustificada a someterse a un examen médico determinante para la relación laboral constituye una causa justa de despido. Esta disposición no busca ser una medida arbitraria, sino un mecanismo legal para salvaguardar la integridad tanto del propio trabajador como de su entorno laboral.
Alcance de la norma y medidas profilácticas
El principio de obligatoriedad va más allá de la asistencia a la evaluación médica. La normativa laboral también sanciona el incumplimiento de las medidas profilácticas o curativas prescritas por el médico para evitar enfermedades o accidentes.
Esto significa que si se determinan indicaciones específicas, tratamientos o el uso de ciertos implementos preventivos y el trabajador los ignora de forma reiterada e injustificada, la legislación respalda a la organización para aplicar las sanciones correspondientes por falta grave.
Gestión y prevención en las organizaciones
Para la correcta aplicación de estas medidas y evitar contingencias o reclamos por despidos arbitrarios, las áreas de Gestión de Personas deben asegurar un proceso transparente y debidamente respaldado:
- Comunicación formal: Notificar con la debida anticipación las fechas, la obligatoriedad y el propósito preventivo de las evaluaciones médicas.
- Debido proceso: Ante una negativa, es indispensable solicitar los descargos o justificaciones válidas antes de proceder con una sanción formal.
- Foco en el bienestar: Promover que estos exámenes y prescripciones son herramientas diseñadas para la protección de la salud del colaborador y no mecanismos punitivos.
Con este marco legal, el entorno corporativo cuenta con el respaldo necesario para exigir el cumplimiento de los protocolos de salud ocupacional, garantizando espacios de trabajo seguros y alineados con las exigencias de la fiscalización laboral actual.
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